Para una mayor certeza en las inspecciones de seguridad industrial, la Sunafil aprobó el listado de las materias susceptibles de ser fiscalizadas junto a la descripción de la norma que la sustenta, como un nuevo instrumento dinámico que asegure el cumplimiento eficiente de estas obligaciones.
Se trata del nuevo protocolo para la fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo en el sector industrial, aprobado por RS Nº 064-2016-Sunafil.
Así, dicho listado comprende 120 ítems referidos a la gestión interna; estándares de seguridad e higiene ocupacional; condiciones de seguridad en los lugares de trabajo, instalaciones civiles, maquinarias y de trabajo.
También a obligaciones vinculadas a maquinarias y equipos de trabajo; atención de emergencias, protección y prevención contra incendios; equipos de protección industrial; planes y programas; seguro complementario de trabajo de riesgo; identificación de peligros y evaluación de riesgos; protección en trabajadores vulnerables y otros.
De acuerdo con la norma, la actuación de estas inspecciones en seguridad se extiende a todos los sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas sociolaborales, ya sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, aun cuando el empleador sea del sector público o de empresas pertenecientes al ámbito de la actividad empresarial del Estado, siempre y cuando estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Procedimiento
El nuevo protocolo faculta al inspector para que previo a la visita inspectiva pueda indagar respecto del tipo de actividad industrial desarrollada, teniendo como referencia la data anotada en la ficha RUC. Incluso, de no existir información propia de la empresa, podrá navegar en internet buscando otras de similares características para tener un conocimiento general sobre los riesgos asociados a todo el proceso productivo.
Dicha búsqueda, asimismo, permitirá identificar las materias primas utilizadas, insumos químicos y materiales peligrosos y la forma de su almacenamiento; las máquinas y equipos que se utilizan; y los estándares de trabajo, equipos de protección personal necesarios para el desarrollo de la visita, y otros.
De advertirse una infracción, el inspector deberá emitir un informe de las actuaciones inspectivas de investigación o un acta de infracción, según corresponda con las directivas de Sunafil.
Claridad y predictibilidad
El protocolo es positivo porque uniforma los criterios de la institución en todo el país, lo cual otorga predictibilidad a la inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo en el sector industrial, manifestó el laboralista Jorge Luis Acevedo Mercado, socio de Benites, Forno & Ugaz Abogados. Proporciona, además, claridad y transparencia a dicha fiscalización en la medida en que detalla las materias fiscalizables, así como las normas aplicables en ese rubro, agregó. Por ende, también considera que el protocolo hará que las inspecciones en seguridad y salud en el trabajo sean más operativas. Sin embargo, indicó que aún falta capacitar más a los inspectores para que sepan los principios y lógica de las normas sobre seguridad y salud en el trabajo, y así evitar que apliquen diferentes estándares de seguridad a las empresas.
Datos
Desde sus funciones, en abril de 2014 a marzo pasado, la Sunafil desarrolló 10,311 inspecciones en materia de seguridad y salud laboral.
Dichas acciones comprendieron a un total de 418,739 trabajadores.
Sunafil, siendo una entidad fiscalizadora, ejerce también una labor preventiva, por lo que recomienda la subsanación de infracciones antes que la imposición de multas.
Fuente: elperuano.pe