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Ley 11/2018 de Información No Financiera y Diversidad: La necesidad de explicar bien la compañía

Antes de la pandemia parecía que estábamos muy lejos de conseguir que la sostenibilidad fuese un eje estratégico del tejido empresarial, pero ahora la COVID19 ha  provocado una aceleración sin precedentes, obligando a poner el foco, cada vez más, en los temas relacionados con la sostenibilidad y la información no financiera.

La reg­u­lación de esta infor­ma­ción no financiera en España se rige por la Ley 11/2018, la cual es una trans­posi­ción de la Direc­ti­va Euro­pea 2014/95/UE que está  actual­mente en revisión y se espera que esté aproba­da  en el últi­mo trimestre de 2020. Esta ley obliga a un deter­mi­na­do número de empre­sas, en fun­ción de su tamaño y fac­turación, a dar infor­ma­ción sobre sus resul­ta­dos, entre otras, de la descrip­ción de su mod­e­lo de nego­cio, infor­ma­ción sobre cues­tiones medioam­bi­en­tales, sociales y de per­son­al, dere­chos humanos, lucha con­tra la cor­rup­ción y sobor­no, y sobre su aportación a la sociedad. Además, tam­bién obliga a que esta infor­ma­ción, deba darse a través de indi­cadores, de man­era que sea robus­ta, fiable y entendible por parte de todos los gru­pos de interés.

La real­i­dad es que en estos dos años de andadu­ra de la ley 11/2018, se ha puesto de man­i­fiesto que existe un gran gap entre la doc­u­mentación que repor­tan las empre­sas en relación a la infor­ma­ción no financiera y las expec­ta­ti­vas de los gru­pos de interés respec­to a la infor­ma­ción que estos con­sid­er­an clave para la toma de deci­siones.

Así que­da refle­ja­do en las revi­siones lle­vadas a cabo por la CNMV y otras insti­tu­ciones como la Alian­za por la Trans­paren­cia, quienes indi­can que la infor­ma­ción no financiera pub­li­ca­da no es sufi­ciente para medir, super­vis­ar y ges­tionar su efec­to en la sociedad y en el medioam­bi­ente. La propia Comisión Euro­pea* emi­tió este mis­mo año una con­sul­ta públi­ca sobre la Direc­ti­va de Infor­ma­ción No Financiera para mejo­rar la cal­i­dad y el alcance de esta infor­ma­ción, ya que La Infor­ma­ción públi­ca es insu­fi­ciente y no cumple con las necesi­dades de los usuar­ios, existien­do prob­le­mas de com­pa­ra­bil­i­dad, fia­bil­i­dad y fal­ta de infor­ma­ción (infor­ma­ción incom­ple­ta), con difi­cul­tades, además, para acced­er y uti­lizar esta infor­ma­ción. Lo cier­to es que, inde­pen­di­en­te­mente de las obliga­ciones de esta ley, cada vez se deman­da más, y es más rel­e­vante, para todas las empre­sas dar infor­ma­ción clave sobre los ries­gos medioam­bi­en­tales, sociales y de gob­ier­no, lo que denom­i­na­dos cri­te­rios “ESG” por sus siglas en inglés. Aque­l­las empre­sas que dispon­gan de mejor infor­ma­ción no financiera podrán adquirir una ven­ta­ja com­pet­i­ti­va y apor­tar may­or val­or a la sociedad.

La imple­mentación de estrate­gias de sosteni­bil­i­dad que incor­poren los cri­te­rios ESG y su con­trol en su toma de deci­siones, ten­drán una gestión más allá del mero cumplim­ien­to legal y apor­tarán más val­or a la empre­sa. Esto exige un primer diag­nós­ti­co y un análi­sis de los mecan­is­mos de con­trol disponibles en  la empre­sa para poder afrontar los nuevos retos y antic­i­parse a los  nuevos requer­im­ien­tos en mate­ria de infor­ma­ción no financiera que se pub­li­carán en breve des­de la Comisión euro­pea.

Es impor­tante pon­erse a la acción, porque esper­ar a que la ten­den­cia ESG pase no es una opción, ya que la deman­da en trans­paren­cia en infor­ma­ción no financiera seguirá aumen­tan­do.

Paz Arias

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* Puedes ampli­ar más infor­ma­ción en la ponen­cia de Ele­na Arveras, a par­tir del min­u­to 1:40, del webi­nar, De la RSC a la Sosteni­bil­i­dad: La SST como ali­a­do del Con­se­jo de Admin­is­tración.

 

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