InicioArtículosEstandarizan medidas en seguridad y salud industrial

Estandarizan medidas en seguridad y salud industrial

Para una may­or certeza en las inspec­ciones de seguri­dad indus­tri­al, la Sunafil aprobó el lis­ta­do de las mate­rias sus­cep­ti­bles de ser fis­cal­izadas jun­to a la descrip­ción de la nor­ma que la sus­ten­ta, como un nue­vo instru­men­to dinámi­co que ase­gure el cumplim­ien­to efi­ciente de estas obliga­ciones.

Se tra­ta del nue­vo pro­to­co­lo para la fis­cal­ización en mate­ria de seguri­dad y salud en el tra­ba­jo en el sec­tor indus­tri­al, aproba­do por RS Nº 064‑2016-Sunafil.
Así, dicho lis­ta­do com­prende 120 ítems referi­dos a la gestión inter­na; están­dares de seguri­dad e higiene ocu­pa­cional; condi­ciones de seguri­dad en los lugares de tra­ba­jo, insta­la­ciones civiles, maquinar­ias y de tra­ba­jo.
Tam­bién a obliga­ciones vin­cu­ladas a maquinar­ias y equipos de tra­ba­jo; aten­ción de emer­gen­cias, pro­tec­ción y pre­ven­ción con­tra incen­dios; equipos de pro­tec­ción indus­tri­al; planes y pro­gra­mas; seguro com­ple­men­tario de tra­ba­jo de ries­go; iden­ti­fi­cación de peli­gros y eval­u­ación de ries­gos; pro­tec­ción en tra­ba­jadores vul­ner­a­bles y otros.
De acuer­do con la nor­ma, la actuación de estas inspec­ciones en seguri­dad se extiende a todos los suje­tos oblig­a­dos o respon­s­ables del cumplim­ien­to de las nor­mas soci­o­lab­o­rales, ya sean per­sonas nat­u­rales o jurídi­cas, públi­cas o pri­vadas, aun cuan­do el empleador sea del sec­tor públi­co o de empre­sas pertenecientes al ámbito de la activi­dad empre­sar­i­al del Esta­do, siem­pre y cuan­do estén suje­tos al rég­i­men lab­o­ral de la activi­dad pri­va­da.

Pro­ced­imien­to

El nue­vo pro­to­co­lo fac­ul­ta al inspec­tor para que pre­vio a la visi­ta inspec­ti­va pue­da inda­gar respec­to del tipo de activi­dad indus­tri­al desar­rol­la­da, tenien­do como ref­er­en­cia la data ano­ta­da en la ficha RUC. Inclu­so, de no exi­s­tir infor­ma­ción propia de la empre­sa, podrá nave­g­ar en inter­net bus­can­do otras de sim­i­lares car­ac­terís­ti­cas para ten­er un conocimien­to gen­er­al sobre los ries­gos aso­ci­a­dos a todo el pro­ce­so pro­duc­ti­vo.
Dicha búsque­da, asimis­mo, per­mi­tirá iden­ti­ficar las mate­rias pri­mas uti­lizadas, insumos quími­cos y mate­ri­ales peli­grosos y la for­ma de su alma­ce­namien­to; las máquinas y equipos que se uti­lizan; y los están­dares de tra­ba­jo, equipos de pro­tec­ción per­son­al nece­sar­ios para el desar­rol­lo de la visi­ta, y otros.
De adver­tirse una infrac­ción, el inspec­tor deberá emi­tir un informe de las actua­ciones inspec­ti­vas de inves­ti­gación o un acta de infrac­ción, según cor­re­spon­da con las direc­ti­vas de Sunafil.

Clar­i­dad y pre­dictibil­i­dad

El pro­to­co­lo es pos­i­ti­vo porque uni­for­ma los cri­te­rios de la insti­tu­ción en todo el país, lo cual otor­ga pre­dictibil­i­dad a la inspec­ción en mate­ria de seguri­dad y salud en el tra­ba­jo en el sec­tor indus­tri­al, man­i­festó el lab­o­ral­ista Jorge Luis Aceve­do Mer­ca­do, socio de Ben­ites, Forno & Ugaz Abo­ga­dos. Pro­por­ciona, además, clar­i­dad y trans­paren­cia a dicha fis­cal­ización en la medi­da en que detal­la las mate­rias fis­cal­iz­ables, así como las nor­mas aplic­a­bles en ese rubro, agregó. Por ende, tam­bién con­sid­era que el pro­to­co­lo hará que las inspec­ciones en seguri­dad y salud en el tra­ba­jo sean más oper­a­ti­vas. Sin embar­go, indicó que aún fal­ta capac­i­tar más a los inspec­tores para que sep­an los prin­ci­p­ios y lóg­i­ca de las nor­mas sobre seguri­dad y salud en el tra­ba­jo, y así evi­tar que apliquen difer­entes están­dares de seguri­dad a las empre­sas.

Datos

Des­de sus fun­ciones, en abril de 2014 a mar­zo pasa­do, la Sunafil desar­rol­ló 10,311 inspec­ciones en mate­ria de seguri­dad y salud lab­o­ral.
Dichas acciones com­prendieron a un total de 418,739 tra­ba­jadores.
Sunafil, sien­do una enti­dad fis­cal­izado­ra, ejerce tam­bién una labor pre­ven­ti­va, por lo que recomien­da la sub­sanación de infrac­ciones antes que la imposi­ción de mul­tas.

Fuente: elperuano.pe

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