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Lo que toda organización debe saber sobre la divulgación de finanzas sostenibles

4º WEBINAR SOSTENIBLE. FINANZAS SOSTENIBLES | Cober­tu­ra

El pasa­do 19 de junio se cele­bró la cuar­ta sesión de nues­tra serie de Webi­na­rs Sostenibles, orga­ni­za­da por BeOn, ded­i­ca­da a las finan­zas sostenibles: un tema que con­cen­tra cada vez más aten­ción en el mun­do empre­sar­i­al y que, para muchas orga­ni­za­ciones, ha deja­do de ser una opción.

webinar sobre finanzas sostenibles donde participa Elena Castro, Auditora de Full Audit

Rafael Ayu­so, de BeOn, abrió la sesión trazan­do la evolu­ción históri­ca y reg­u­la­to­ria de las finan­zas sostenibles des­de una triple per­spec­ti­va: mundi­al, euro­pea y españo­la. Un recor­ri­do que dejó claro que nada de lo que vivi­mos hoy es impro­visa­do. A niv­el glob­al, la urgen­cia climáti­ca y la inno­vación tec­nológ­i­ca han ido exigien­do cada vez may­or sen­si­bil­i­dad a inver­sores y empre­sas. Europa ha respon­di­do con­struyen­do uno de los mar­cos reg­u­la­to­rios más ambi­ciosos, con instru­men­tos como la Tax­onomía de la Unión Euro­pea, el Reglamen­to SFDR (Sus­tain­able Finance Dis­clo­sure Reg­u­la­tion) y la Direc­ti­va CSRD (Cor­po­rate Sus­tain­abil­i­ty Report­ing Direc­tive ). Y España ha ido adap­tan­do ese mar­co desple­gan­do proyec­tos con­cre­tos: fon­dos clasi­fi­ca­dos, bonos verdes sober­a­nos emi­ti­dos y empre­sas que ya repor­tan según están­dares ESRS (Euro­pean Sus­tain­abil­i­ty Report­ing Stan­dards). La con­clusión de Rafael fue clara: ”las finan­zas sostenibles no sur­gen de una moda, sino de décadas de deci­siones políti­cas, avances en instru­men­tos financieros y com­pro­misos climáti­cos acu­mu­la­dos”.

Con el con­tex­to nor­ma­ti­vo claro, nues­tra OHSE Lead Audi­tor Ele­na Cas­tro cen­tró su inter­ven­ción en qué sig­nifi­ca real­mente divul­gar infor­ma­ción en mate­ria de finan­zas sostenibles y qué con­se­cuen­cias tiene, tan­to den­tro como fuera de la orga­ni­zación

EINF y CSRD: del reporte actual a las nuevas exigencias

Ele­na arrancó expli­can­do que las enti­dades financieras ya tienen obliga­ciones conc­re­tas de reporte en mate­ria de sosteni­bil­i­dad, y que la nor­ma­ti­va no para de avan­zar. La Ley 11/2018 ya les exige pub­licar un informe de infor­ma­ción no financiera, y aunque la CSRD todavía no está transpues­ta, muchas han empeza­do a antic­i­parse con los análi­sis de doble mate­ri­al­i­dad que la direc­ti­va requerirá. Con los ajustes del paque­te ómnibus, el alcance se reduce, pero la exi­gen­cia de fon­do no desa­parece.

Para ilus­trar­lo, Ele­na puso un ejem­p­lo muy con­cre­to: en los informes de sosteni­bil­i­dad, las enti­dades financieras tienen en cuen­ta el cam­bio climáti­co en sus dos ver­tientes. Por un lado, cómo afec­ta el cam­bio climáti­co a los pro­duc­tos y ser­vi­cios finan­cia­dos, iden­ti­f­i­can­do y eval­u­an­do los ries­gos climáti­cos aso­ci­a­dos a esa finan­ciación. Y, por otro, cómo las enti­dades financieras impactan en el calen­tamien­to glob­al, a través de su huel­la de car­bono. En la may­oría de los casos, esa huel­la se sitúa en el alcance 3, cat­e­goría 3.15, que recoge pre­cisa­mente las emi­siones derivadas de las activi­dades que finan­cian. Es decir, no miden solo su pro­pio impacto direc­to, sino el de todo lo que respal­dan con su dinero.

La Taxonomía Verde Europea: un lenguaje común para evitar el engaño

Ele­na explicó qué es la Tax­onomía Verde Euro­pea y para qué sirve. Se tra­ta de un sis­tema crea­do por la Unión Euro­pea para definir qué activi­dades económi­cas pueden con­sid­er­arse real­mente sostenibles des­de el pun­to de vista medioam­bi­en­tal, estable­cien­do para cada una de ellas cri­te­rios con­cre­tos que deben cumplirse. Su obje­ti­vo es doble: que inver­sores, ban­cos y empre­sas hablen el mis­mo idioma en mate­ria de sosteni­bil­i­dad, y evi­tar que se pre­sente como verde algo que no lo es. El propósi­to final es diri­gir más finan­ciación hacia activi­dades que con­tribuyen a obje­tivos ambi­en­tales reales, como la lucha con­tra el cam­bio climáti­co o la pro­tec­ción de los recur­sos nat­u­rales.

Para las enti­dades financieras, el indi­cador cen­tral que emerge de la Tax­onomía es el Green Asset Ratio (GAR), que mide el por­centa­je de prés­ta­mos e inver­siones des­ti­na­dos a activi­dades que cumplen sus req­ui­si­tos. Según Ele­na, un GAR alto indi­ca may­or exposi­ción a sec­tores alin­ea­d­os con la tran­si­ción ecológ­i­ca, pero un GAR bajo no impli­ca nece­sari­a­mente malas prác­ti­cas porque muchos sec­tores aún no están cubier­tos por la Tax­onomía, algunos clientes no están oblig­a­dos a repor­tar y cier­tos tipos de finan­ciación quedan fuera del cál­cu­lo.

En cuan­to a lo que la Tax­onomía exige a cualquier activi­dad lis­ta­da, Ele­na lo resum­ió en tres req­ui­si­tos:

  • No causar daño sig­ni­fica­ti­vo a ninguno de los seis obje­tivos ambi­en­tales definidos: mit­i­gación y adaptación al cam­bio climáti­co, recur­sos hídri­cos y mari­nos, economía cir­cu­lar, con­t­a­m­i­nación y bio­di­ver­si­dad
  • Demostrar que hace una con­tribu­ción sus­tan­cial a al menos uno de ellos.
  • Garan­ti­zar unas sal­va­guardas sociales mín­i­mas.

El Reglamento SFDR: transparencia obligatoria en los productos financieros

El Reglamen­to SFDR nació para pon­er orden en un mer­ca­do financiero donde la sosteni­bil­i­dad se había con­ver­tido en un argu­men­to de ven­ta sin cri­te­rios claros. Ele­na explicó que obliga a todos los par­tic­i­pantes en los mer­ca­dos financieros a infor­mar sobre cómo inte­gran los cri­te­rios de sosteni­bil­i­dad en sus pro­duc­tos. Para ello, establece una clasi­fi­cación en tres cat­e­gorías: los pro­duc­tos del artícu­lo 6 no pro­mueven car­ac­terís­ti­cas ambi­en­tales ni sociales; los del artícu­lo 8 sí las incor­po­ran en su pro­ce­so de inver­sión; y los del artícu­lo 9 tienen un obje­ti­vo especí­fi­co de sosteni­bil­i­dad. Toda esta infor­ma­ción debe pub­li­carse de for­ma estandariza­da en los doc­u­men­tos pre­con­trac­tuales, en la web de la enti­dad y en los informes per­iódi­cos.

Ele­na destacó que, como usuar­ios o pequeños inver­sores, “saber dónde encon­trar y cómo inter­pre­tar esta infor­ma­ción es cada vez más rel­e­vante.”

Greenwashing: cuando decir ‘verde’ ya no es suficiente

Ele­na cer­ró su inter­ven­ción con un tema que cada vez gen­era más aten­ción: el green­wash­ing. Y lo hizo des­de un ángu­lo prác­ti­co: la reg­u­lación euro­pea ya está ponien­do límites con­cre­tos a quienes pre­sen­tan como sostenible algo que no lo es. Por un lado, el Reglamen­to 2024/3005 obliga a los provee­dores de cal­i­fi­ca­ciones ESG a autor­izarse ante la ESMA, lo que refuerza la trans­paren­cia y com­pa­ra­bil­i­dad de esas cal­i­fi­ca­ciones. Por otro, la Direc­ti­va 2024/825, que será aplic­a­ble des­de sep­tiem­bre de 2026, va más lejos: pro­híbe atribuir cual­i­dades medioam­bi­en­tales a un pro­duc­to o activi­dad sin poder acred­i­tar­las con cri­te­rios recono­ci­dos, ver­i­fi­ca­bles y com­pren­si­bles para el con­sum­i­dor. Ya no bas­ta con decir que algo es verde: hay que demostrar­lo.

 

Final­mente, Car­men Solís cer­ró la sesión pre­sen­tan­do el caso de Tri­o­dos Bank, fun­da­do en 1980 y ref­er­ente mundi­al de la ban­ca éti­ca, y desta­can­do que las finan­zas sostenibles “han deja­do de ser una decisión éti­ca para con­ver­tirse en una vari­able cen­tral de com­pet­i­tivi­dad, gestión del ries­go y acce­so al cap­i­tal”.

Si eres socio/a de BeOn, puedes acced­er a la grabación y ponen­cias en este enlace.


¿Tu empre­sa tiene dudas sobre cómo abor­dar la divul­gación de infor­ma­ción sostenible o qué pasos dar para cumplir con la nor­ma­ti­va? En Full Audit podemos acom­pañarte. Cuén­tanos tu caso y vemos jun­tos cómo ayu­darte.

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