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Uruguay aprueba decreto que prohíbe consumo de alcohol y drogas en el trabajo

En los casos en los que no se hayan estip­u­la­do esas pau­tas la Inspec­ción Gen­er­al del Tra­ba­jo del Min­is­te­rio de Tra­ba­jo y Seguri­dad Social fis­calizará que el pro­ced­imien­to se ajuste a los cri­te­rios estable­ci­dos en el decre­to.

El Ejec­u­ti­vo uruguayo aprobó un decre­to que pro­híbe el con­sumo y la tenen­cia de alco­hol y dro­gas en el ámbito lab­o­ral y que establece los cri­te­rios que se deben aplicar tan­to en el sec­tor pri­va­do como en el públi­co para con­tro­lar su cumplim­ien­to, infor­mó hoy la Pres­i­den­cia del país suramer­i­cano.

El tex­to, san­ciona­do por el Gob­ier­no este lunes, establece que se pro­híbe el “con­sumo y la tenen­cia de alco­hol y cualquier otro tipo de dro­ga durante la jor­na­da (…), sea en los lugares de tra­ba­jo o en ocasión del mis­mo”.

En cuan­to a los mecan­is­mos que se apli­carán para detec­tar “situa­ciones de con­sumo de alco­hol y otras dro­gas” las empre­sas estable­cerán los pro­to­co­los de for­ma bipar­ti­ta “en los ámbitos de seguri­dad y salud”.

En los casos en los que no se hayan estip­u­la­do esas pau­tas la Inspec­ción Gen­er­al del Tra­ba­jo del Min­is­te­rio de Tra­ba­jo y Seguri­dad Social fis­calizará que el pro­ced­imien­to se ajuste a los cri­te­rios estable­ci­dos en el decre­to.

El doc­u­men­to recoge que el tra­ba­jador que “al ingre­so o durante la jor­na­da lab­o­ral” pre­sente sín­tomas de haber con­sum­i­do dro­gas y se evi­den­cie que no está en condi­ciones para realizar su tarea será sep­a­ra­do de la mis­ma -“cualquiera que sea su cat­e­goría”- y el empleador podrá realizarle las prue­bas cor­re­spon­di­entes.

“En caso de que el tra­ba­jador se niegue a la real­ización de la prue­ba de detec­ción no podrá retornar a sus tar­eas has­ta que no cer­ti­fique estar en condi­ciones”, añade el decre­to.

En caso de que el resul­ta­do de una prue­ba sea pos­i­ti­vo “se sus­penderá la jor­na­da lab­o­ral del tra­ba­jador” y el per­son­al de salud cor­re­spon­di­ente emi­tirá un informe detal­lan­do, entre otros datos, el tipo de prue­ba real­iza­da para cor­rob­o­rar el con­sumo de dro­gas.

En caso de que un emplea­do reit­ere esta acti­tud, el mis­mo será ori­en­ta­do a los ser­vi­cios de salud “para su diag­nós­ti­co y even­tu­al tratamien­to de reha­bil­itación, sin per­juicio de las san­ciones que pudier­an cor­re­spon­der”.

El decre­to aproba­do este lunes por el Ejec­u­ti­vo uruguayo se basa en otros dos ante­ri­ores así como en dos leyes pre­vias.

Fuente: laRazón

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